Alaska
Alaska Estatuto 26.05.010. Alaska milicia de fundación
(a) La milicia del estado se compone de todos los ciudadanos sanos de los Estados Unidos y todos los demás sanos las personas que han declarado su intención de convertirse en ciudadanos de los Estados Unidos, que residen en el estado, que son al menos 17 años de edad, y que son elegibles para el servicio militar en virtud de las legislaciones de los Estados Unidos o de este estado.
(b) La milicia se divide en dos clases:
(1) la milicia organizada, que consiste en la Guardia Nacional de Alaska, la Milicia Naval de Alaska, y la milicia del Estado de Alaska, y
(2), la milicia no sindicados, que consta de todas las personas calificadas para el servicio, pero no actúa en la milicia organizada.
(c) El Ayudante General podrá, mediante reglamento, prescribir la edad máxima para la elegibilidad en la milicia.













